sábado, 22 de enero de 2011

La financiación pública, el mecenazgo y el coste social del arte

No era la intención inicial de este blog tratar el papel del Estado en el negocio de la música sino simplemente analizar la crisis de la industria discográfica en el seno de la propia economía de mercado. Pero ante la lectura de algunos comentarios vertidos por cierto colectivo de músicos en la entrada de este mismo blog titulada el derecho del músico a vivir de la música: ¿derecho o privilegio? finalmente me he decidido a dedicar una entrada a dicho polémico tema.

Funambulistas con red: desafiando la ley de la probabilidad

Antes de nada, y aunque ya quedó bastante bien explicado en la mencionada entrada, conviene recordar a algunos artistas  algo tan obvio como que la suerte no es un derecho, menos aún cuando se opta intencionadamente por proposiciones artísticas especialmente arriesgadas como es el caso de los músicos experimentales que han vertido dichos comentarios. Como me decía el otro día un amigo también músico experimental: "cuando optamos por una propuesta arriesgada hay que asumirla con todas sus consecuencias" y eso incluye también  las consecuencias económicas.

El funambulismo con red no es verdadero funambulismo. Y eso lo que estaís pidiendo precisamente algunos músicos experimentales: una red. Estáis pidiendo que la red protectora del Estado  os proteja en caso de caída sin daros cuenta que, al igual que el funambulista de mi metáfora, estáis perdiendo de ese modo la propia esencia de vuestro arte: el riesgo.

No estáis solo matando la propia esencia de vuestro arte sino que estáis pidiendo a la sociedad algo completamente injusto: que os asegure una red para proteger un riesgo que vosotros mismos habéis asumido, nunca mejor dicho, por vuestra propia cuenta y riesgo. Peor aún, las redes protectoras del Estado no son infinitas, de modo que proporcionar esa red protectora a unos "imprudentes" como vosotros implica retirársela a otros colectivos mas "prudentes" que pueden necesitar en cambio dicha red mucho mas urgentemente que vosotros.

Pero por encima de consideraciones artísticas o sociales ninguna sociedad puede garantizar a ninguna empresa el tener beneficios. La suerte no es un derecho y mucho menos aún cuando prácticamente no juegas papeletas. Y cada adjetivo o etiqueta que ponemos a nuestra actividad profesional de músico es una papeleta menos que estamos jugando. Así un músico electrónico experimental dodecafonista postdigital tiene muchas menos papeletas para el sorteo de un precioso derecho a vivir de la música que un simple músico a secas. Los funambulistas desafían la ley de la gravedad y los músicos experimentales desafían la ley de la probabilidad. Y desafiar esas leyes implica asumir el riesgo de que te puedes caer y de que no siempre vas a tener una red que pare tu caída.




La decisión de ser un artista experimental es una elección completamente personal del artista de la que no es responsable la sociedad. En tanto que la sociedad no ha influido para nada en tal decisión de igual modo tampoco está obligada a garantizar al artista una red protectora para cubrirle un riesgo que el propio artista ha decidido asumir.

Beneficio Cultural Vs Coste Social

La única justificación por la que el Estado debería asumir la protección de dichos artistas sería la de preservar su arte, siempre que dicho arte, por arriesgado y minoritario que sea, tenga la calidad artística suficiente para ser considerado un bien digno de protección cultural.

Pero cuando estamos hablando de arte, determinar lo que es un bien digno de protección cultural y lo que no es harto complicado. No digamos ya si estamos hablando de propuestas especialmente arriesgadas y minoritarias. En cualquier caso tendrá que ser la sociedad, y no el propio artista, la que determine que dicho arte es un bien digno de protección cultural. En ningún caso puede ser el músico quien determine moltu propio que su arte es digno de ser preservado (el típico "por que yo lo valgo"), ni mucho menos exigir una compensación económica al Estado por el desarrollo diario de su actividad artística. No se puede ser a la vez juez y parte ni tampoco es la misión del Estado el poner en nómina al artista sino el promocionar y proteger la cultura y el arte.

Y esa es precisamente una de las confusiones mas graves de algunos artistas, confundir lo que es una subvención con estar en nómina del Estado. Una subvención es una ayuda puntual para el desarrollo de una obra concreta no el pago de la actividad artística diaria del músico. El hecho de que nos otorguen una subvención, o ayuda puntual a una determinada propuesta artística, no nos garantiza por tanto ese supuesto derecho a vivir de la música que tanto reclaman algunos músicos en tanto que una subvención no tiene la periodicidad temporal ni la seguridad de cobro que sería necesaria para poder garantizar ese derecho, periodicidad y seguridad que solo garantiza una nómina. Una subvención no tiene nada que ver con una nómina.

Visto lo visto, todo discurso basado en equiparar a los artistas a un trabajador asalariado y reclamar como propios los derechos de dichos trabajadores carece por completo de fundamento en tanto que la remuneración del artista no depende de su actividad laboral diaria sino de la calidad artística del producto terminado. Dicha calidad artística la tendrán determinar bien el mercado o bien las autoridades culturales públicas pero nunca el propio artista. Un artista no es un trabajador asalariado sino un profesional liberal como lo es un arquitecto, y como profesional liberal que es no goza por tanto de los mismos derechos (ni tampoco de las mismas obligaciones) que un trabajador asalariado. Es algo que he repetido ya muchas veces pero que algunos artistas se empeñan en ignorar. Si durante una temporada a un arquitecto nadie le demanda ningún proyecto ese arquitecto tampoco cuenta durante esa temporada con ingreso económico alguno. ¿Porqué debemos preservar al músico unos beneficios que no le preservamos al arquitecto cuando la arquitectura es tan actividad artística como la música?

Si a un arquitecto le da por hacer propuestas artísticas arriesgadas, como por ejemplo un rascacielos sin ascensor ni escaleras, una casa sin puertas ni ventanas o una nueva Torre de Pisa, las tendrá que hacer bajo su cuenta y riesgo ya que, aunque artísticamente puedan tener valor, su aportación económica y social es nula mientras que, por el contrario, los gastos que implica su desarrollo son extraordinariamente elevados. Está claro que esas propuestas el mercado no las va a financiar en tanto que no son rentables económicamente. Pero es que el Estado tampoco debería financiarlas en tanto que el beneficio cultural que generan es muy inferior al coste social que implican. Estamos hablando de propuestas muy minoritarias cuyo beneficio cultural solo lo disfruta una parte muy pequeña de esa sociedad mientras que el gasto que implican, además de ser muy elevado, lo tiene que financiar toda la sociedad en su conjunto. Y que todos tengamos que financiar algo que solo disfrutan unos pocos es algo terriblemente injusto.




Me parece por tanto una tremenda hipocresía el que algunos colectivos minoritarios de artistas reclamen una obligación permanente del Estado para financiar sus minoritarias propuestas por mucho valor  artístico que puedan tener algunas (que no todas) cuando el beneficio cultural que generan sus obras es muy inferior al coste social que representan para el conjunto de la sociedad. Y mas hipócrita todavía me parece utilizar el victimismo y disfrazar como un acto justicia social hacia los desfavorecidos artistas la perpetuación de esas ayudas cuando lo que dichas ayudas implican es justo lo contrario: una profunda injusticia social.

Me parece muy respetable el hacer música experimental, de hecho yo soy el primero que me dedico a esa  labor, pero lo que no podemos hacer los músicos experimentales es pedir que toda la sociedad no ya solo nos financie  nuestras minoritarias obras sino que también nos asegure un sueldo mensual durante toda nuestra vida artística con independencia de la aceptación social de las mismas. Podemos pedir que la sociedad financie el arte pero no al artista. Y si no podemos pedirle eso a la sociedad mucho menos aún podemos "exigírselo" como si fuera un derecho por nuestra parte y una obligación por parte de la sociedad. No, desde luego que no, las subvenciones o ayudas públicas al arte no son un deber obligatorio de nuestra sociedad en respuesta a un derecho de los artistas sino una concesión voluntaria de esa misma sociedad a una determinada propuesta artística muy concreta (esa y no otra) del artista en base a unos criterios que decide esa misma sociedad y no el propio artista. No todas las propuestas artísticas son válidas para percibir esas ayudas. Una subvención no es un derecho, una subvención es un "regalo" de la sociedad para ser empleado en un fin muy concreto. Los regalos se agradecen pero no se exigen, no son un derecho. Las subvenciones tampoco nos otorgan pues ese supuesto derecho a vivir de la música que no paran de reclamar algunos músicos.


Algunos artistas me dirán que de acuerdo a mis teorías nunca se habría construido la Capilla Sixtina, ni Miguel Angel habría pintado por tanto alli sus frescos. Es muy bonito hacer hipótesis de historia-ficción pero no podemos trasladar la historia en el tiempo. Para empezar la sociedad de por aquel entonces era muy distinta de la de ahora y, dado el poder que tenían algunas instituciones como la Iglesia, nadie se hubiera atrevido ni siquiera a plantear una teoría que antepusiese el costo social del arte por encima del beneficio artístico del mismo. Me habrían excomulgado con las consecuencias que tenía la excomulgación por aquellos entonces. O si las hubiera planteado unos pocos años antes habría acabado torturado por la Inquisición y quemado en la hoguera. Tampoco son las mismas las condiciones socioeconómicas de la población ni los avances tecnológicos.

Pero efectivamente desde la perspectiva de justicia social actual la mayor parte de grandes obras arquitectónicas y artísticas del pasado son verdaderamente injustificables comenzando por las Pirámides de Egipto y terminando por el Valle de los Caidos. ¿Cuanta gente murió en la construcción de las pirámides de Egipto o en la del Valle de los Caídos? ¿Cual fue el coste social y económico de la construcción de la Capilla Sixtina?

Pero el hecho cierto es que monumentos como las Pirámides de Egipto, la Capilla Sixtina o incluso el Valle de los Caídos  (si, yo incluso al Valle de los Caídos le encuentro cierto atractivo artístico pese a las especialmente horribles connotaciones humanas e históricas que tiene) están ya construidos y no vamos a derribarlos. Debemos disfrutar pues de la belleza artística de lo que ya está construido pero no podemos perpetuar por mas tiempo una concepción del arte que pertenece a otro momento totalmente distinto de la historia. En el siglo XXI no podemos anteponer las necesidades de el arte a las necesidades de la sociedad y de la economía. Por encima del arte están las personas.

Hoy el Estado y algunas fundaciones culturales privadas han tomado el relevo a la Iglesia y a la nobleza en lo que eran las labores de mecenazgo de los artistas. Me parece muy bien que determinadas instituciones privadas, con independencia del motivo (desde las desgravaciones fiscales hasta un sincero amor al arte) realicen labores de mecenazgo siempre que lo hagan con sus propios fondos y bajo su propia cuenta y riesgo. Al fin y al cabo cada uno hace lo que quiere con su dinero. Pero en cambio el Estado no puede hacer lo mismo en tanto que el dinero del Estado no es suyo sino que pertenece a toda la sociedad y su inversión debe responder a los intereses comunes de esa sociedad. El mecenazgo actual no puede anteponer pues el interés cultural al interés social como se hacía en el pasado.

El papel de los medios de comunicación públicos frente a la mediatización cultural de las multinacionales de la industria de creación de contenidos.


Sin embargo hay algo en lo que si tienen (tenemos) cierta razón los músicos experimentales y es en el hecho de que la sociedad no siempre sabe valorar correctamente el arte. No porque lo digamos nosotros mismos sino porque vivimos en una sociedad terriblemente mediatizada por los intereses comerciales de las multinacionales de la industria de creación de contenidos. Y eso es un factor muy importante a tener en cuenta a la hora de medir cual es el beneficio artístico real del arte en tanto que la propaganda feroz de dichas multinacionales desvirtúa por completo la percepción artística que tiene del propio arte la sociedad. Aún así, nunca puede ser el propio artista el que juzgue la bondad de su propia propuesta artística como hacen algunos artistas. No se puede ser a la vez juez y parte. Nuestros criterios para medir la calidad artística tienen que ser independientas de la distorsión mediática del mercado pero también de la autocomplacencia ególatra del artista.

Pero para luchar contra la presión mediática de la industria de contenidos culturales lo que tenemos que pedir los artistas experimentales no es mas dinero sino una actuación contundente de los medios de comunicación públicos para contrarrestar las campañas mediáticas de dicha industria. En ese sentido la labor de emisoras púbicas como Radio 3 o Radio Clásica me parece enormemente elogiable. Me parece mucho mas útil que el Estado gaste el dinero de toda la sociedad en potenciar todavía mas la labor de este tipo de medios de comunicación y difusión de la cultura que no en subvencionar arbitrariamente a determinados músicos. La educación es vital para que la sociedad pueda apreciar el valor de la cultura y los medios de comunicación pueden desarrollar una función educativa enorme. Mas información y menos subvención debería ser nuestro lema.

Por lo tanto no cedamos el espacio radioeléctrico público a medios de comunicación privados al servicio de intereses empresariales también privados, que anteponen esos intereses a la verdadera difusión independiente de la cultura. Del mismo modo no cedamos el tiempo de los espacios informativos públicos a las campañas mediáticos de esos mismos intereses privados. Me produce un profundo malestar el que en la primera edición de un telediario público de gran audiencia se ponga como portada cultural el último disco de Alejandro Sanz,  de Shakira o de cualquier artista comercial que se encuentre en campaña de promoción, mientras se pasan completamente por alto cantidad de propuestas culturales mucho mas interesantes que han acontecido ese mismo día. Me repugna que se haga pasar por información lo que no es mas que publicidad pura y dura. Eso hay que evitarlo, por lo menos en la televisión pública.

Y una vez que todos los artistas podamos competir en igualdad de condiciones y la sociedad esté preparada para valorar correctamente el arte sin mediatización externa alguna no serán necesarias las subvenciones y quizás algunos, los que realmente se lo merezcan, podrán ver cumplido su deseo de vivir de la música.

martes, 11 de enero de 2011

La doble moral de la industria discográfica: las principales discográficas, condenadas a pagar 45 millones por piratear a sus propios artistas

Una de las motivaciones principales que mueven a este blog es precisamente denunciar la hipocresía, la doble moral y el doble rasero que muchas veces existe en torno al negocio de la música y casualmente hoy mismo, 11 de Enero de 2010, leo una noticia que no hace sino corroborar que mis denuncias están bien fundadas. 


Los sellos discográficos más importantes, conocidos habitualmente por su dura postura sobre las infracciones de derechos de autor, tienen que enfrentarse ahora a un giro irónico de los acontecimientos que les va a costar millones de dólares. Revelando un doble rasero cuando se trata de "piratería", Warner Music, Sony BMG Music, EMI Music y Universal Music ahora tienen que pagar a los artistas canadienses 45 millones de dólares por el uso ilegal de miles de canciones en CDs recopilatorios durante décadas de años.

No es ningún secreto que los grandes sellos discográficos tienen un doble rasero cuando se trata de derechos de autor. Por un lado tratan de criminalizar al consumidor y a toda la sociedad por descargar y compartir contenidos protegidos por derechos de autor, y por otro venden CDs con música por los que ellos mismos no siempre han pagado esos mismos derechos. Esto sucede en todo el mundo y con más frecuencia de lo que cabría pensar. De hecho esta noticia solo es la punta del Iceberg.

Con los años los sellos han hecho un hábito el usar canciones de una amplia variedad de artistas en CDs de recopilación, sin garantizar el pago de los correspondientes derechos a los artistas originales. Simplemente utilizan las grabaciones ya realizadas y sacan el disco al mercado sin preocuparse de realizar mas gestiones que las publicitarias. Ésto ha estado sucediendo desde la década de 1980 y desde entonces la lista de temas pendientes de pago (o infracciones de copyright) ha crecido hasta alcanzar las 300.000 infracciones solo en Canadá.

Esta práctica cuestionable ha sido objeto de una interesante demanda colectiva en Canadá. Un grupo de artistas y compositores que se cansó de esperar eternamente por su dinero presentó una demanda en el 2008 contra cuatro grandes discográficas relacionadas con la CRIA, el equivalente estadounidense de la RIAA (NdT: y la SGAE).

Warner Music, Sony BMG Music, EMI Music y Universal Music fueron demandados por el uso ilegal de miles de canciones y corrían el riesgo de pagar daños y perjuicios por importe de casi seis mil millones de dólare. Finalmente las dos partes han llegado a un acuerdo por el que las  las discográficas se comprometen a pagar 45 millones de dólares para resolver las reclamaciones.

Fruto de este juicio los sellos se enfrentan dolorosamente a su propio doble rasero a la hora de juzgar las infracciónes de copyright. Los artistas alegaron en su demanda inicial de daños que "la conducta de las empresas demandadas se ve agravada por su enfoque sobre derechos de autor estricto y constante contra los consumidores".

Por supuesto, los sellos no fueron tan rápidos en admitir sus malas acciones y en su comunicado de prensa el acuerdo es descrito como un compromiso. "El acuerdo es un compromiso de las reclamaciones en disputa y no es una admisión de responsabilidad o de mal hacer por parte de los sellos discográficos", se lee.

David Basskin, Presidente y CEO de uno de los principales colectivos de concesión de licencias de Canadá, está no obstante satisfecho con el resultado. "Este acuerdo con los cuatro grandes sellos resuelve todas las principales reclamaciones pendientes. EMI, Sony, Universal y Warner se aseguran de que el resultado neto es más dinero para los compositores y editores musicales. Es una victoria para todos ", dijo.

Sin embargo los principales problemas que llevaron a esta controversia aún no han quedado bien resueltos. Después de pagar una pequeña parte de la deuda los sellos pueden continuar "pirateando" a los artistas musicales como de costumbre. Una verdadera solución requeriría cambiar el sistema de licencias, y eso no es probable que suceda pronto.


Vamos, que queda mas que evidenciado el doble rasero con el que actúa la industria discográfica y la plena justificación de este blog.


Fuente: torrentfreak.com

domingo, 9 de enero de 2011

El disco: una relación contractual exclusiva entre el músico y la discográfica

No acabo de entender demasiado bien porqué algunos músicos echan la culpa al consumidor de todos sus males y le responsabilizan de la falta de ventas de sus discos cuando en realidad no han firmado ningún contrato con él. Yo, como consumidor, por lo menos no he firmado ningún contrato con ningún músico comprometiéndome a comprarle todos los discos que saque en los próximos diez años. No, no he firmado absolutamente nada.

El único contrato que se ha firmado es el que se ha establecido entre el músico y la industria discográfica, contrato en el que no ha intervenido para nada el consumidor. A quien tiene que responsabilizar por tanto el músico de sus pocas o muchas ventas y del dinero que gane o deje de ganar es a sí mismo y a la discográfica con la que ha firmado el contrato.

Como ya hemos dicho en otras entradas de este mismo blog, el músico vende su producto a la industria discográfica a cambio de una remuneración establecida en el contrato. El problema es que el contrato firmado suele establecer dicha remuneración como un porcentaje sobre las ventas, con lo cual si no hay ventas no hay remuneración alguna para el músico. Se trata por tanto de un contrato que implica un riesgo cierto, un riesgo que el músico debe asumir pues es implícito al propio contrato que ha firmado. Pero la responsabilidad de la firma de dicho contrato es del músico, no del consumidor que es un ente totalmente ajeno a la relación contractual entre la discográfica y el músico.

Si no quieres asumir ese riesgo cierto es tan sencillo como no firmar ningún contrato que implique una remuneración porcentual sobre el volumen de ventas del producto derivado (el disco) y fijar en el contrato una remuneración fija. Eso reducirá ese riesgo cierto pero también te inhabilitará a ganar una mayor cantidad de dinero en el caso de que el disco se venda mejor de lo que esperabas. Pero es que no se puede tener todo, como en cualquier otra inversión mayor seguridad implica menor rentabilidad. Si quieres mayor seguridad invierte en renta fija, si quieres mayor rentabilidad invierte en renta variable, pero no puedes tener seguridad y rentabilidad a la vez. Si finalmente apuestas por la renta variable tendrás que asumir que puedas perder todo el dinero que has invertido. Si te dan mas rentabilidad es precisamente por el riesgo que has asumido.

Así, cuando un tanto ufanos decimos que estamos defendiendo nuestro derecho a vivir de la música (1) lo que en realidad estamos defendiendo es el asegurar una rentabilidad que el propio contrato que hemos firmado no nos asegura. Es decir, lo que estamos pidiendo es nuestro derecho a tener beneficios cada vez que invertimos en renta variable, es decir, cada vez que jugamos a la Bolsa.

Lo peor no es que pidamos un imposible, lo peor es que estamos difiriendo la responsabilidad del contrato que nosotros mismos hemos firmado al consumidor, responsabilizándolo de no hacer segura una rentabilidad que nunca nadie nos aseguró.

(1) Vease también la entrada: el derecho del músico a vivir de la música.

sábado, 8 de enero de 2011

La doble moral de la propiedad intelectual

¿Sabíais algunos que las ideas filosóficas no son patentables y que solo son patentables aquellas ideas que tienen una utilidad práctica inmediata? 

Y los que si que lo sabíais ¿nunca os habéis parado a preguntaros por qué los defensores de la propiedad intelectual  no garantizan los derechos sobre las ideas filosóficas y en cambio si que los garantizan sobre las ideas musicales  o literarias? ¿Cual es la utilidad práctica de una idea musical?

La respuesta es muy simple. Se garantizan solo esos derechos cuando hay dinerito de por medio. Es un hecho histórico que nadie se preocupó por los derechos de autor del escritor hasta que no se inventó la imprenta y que nadie se preocupó de los derechos de autor del músico hasta que no se inventó el disco.


¿Casualidad?: Ninguna. 


Imprenta y disco significaban que una actividad improductiva (la literatura y la música) se transformaban por arte de magia de la tecnología en una actividad productiva (la venta masiva de libros y la venta masiva de discos)

Bonita doble moral basada en el dinero.

Y que ocurre ahora. Pues que del mismo modo que un avance tecnológico (el fonógrafo) posibilitó la aparición de la industria discográfica otro avance tecnológico (la tecnología digital) significó su muerte. Y con esa muerte deberían extinguirse también todos los derechos asociados a un negocio que ya no existe. Si los filósofos no disfrutan de derechos de autor los músicos tampoco tienen por qué disfrutar de ellos. O todos o ninguno. Y es que con la revolución digital la música ha vuelto a ser la misma actividad "improductiva" que era antes de la revolución fonográfica. Y nuestra sociedad no defiende las actividades "improductivas" como la filosofía o la música. No hay nada mas que echar un vistazo al Plan Bolonia para comprobarlo.


Es hora pues de dejarnos de dobles morales, de buscar chivos expiatorios en la mal llamada "piratería" y de pedir un verdadero cambio social en defensa de esas mal llamadas "actividades improductivas". Si lo que se quiere es salvaguardar la cultura, lejos de cerrar páginas de Internet por orden administrativa lo que hay que hacer es potenciar una universidad pública que salvaguarde la cultura, toda la cultura. Y cultura no son solo aquellas ideas con utilidad práctica inmediata (eufemismo de utilidad económica capitalista) sino todas las ideas. Y el camino que está siguiendo la universidad es justo el contrario, el de defender solo esa misma cultura que ya defienden la SGAE y las oficinas de patentes.



viernes, 7 de enero de 2011

¿Quien es realmente el cliente del músico profesional?

Aunque a primera vista pueda parecer que el cliente de aquellos músicos que viven de vender copias fonográficas de su obra es el consumidor, la mayor parte de las veces no suele ser así. Salvo en unos pocos casos el verdadero cliente de dicho músico no es el consumidor sino la industria discográfica. Como ya hemos visto en otras entradas, dicho músico no es otra cosa que una pequeña empresa que vende su producto (la música) a otra empresa mas grande (la industria discográfica), empresa que a partir del producto que le ha comprado al músico fabrica un producto derivado (el disco) que vende al consumidor final. El consumidor por tanto no está comprando música al músico sino un producto derivado que le vende la industria discográfica y al que llamamos copia fonográfica o disco.


El problema es que tendemos a fundir y a confundir a la industria discográfica con el músico y a las copias fonográficas con la música como si fueran un ente único cuando son entes completamente separados y distintos. A esta confusión contribuyen intencionadamente las compañías discográficas, los medios de comunicación y nuestros secuestrados políticos.


La industria discográfica, aunque nos la quieran vender como tal, no es una industria de creación de contenidos, los contenidos los crea el músico, sino una industria de transformación de contenidos, transforma la música que le vende el músico en discos del mismo modo que la industria del yogur  transforma la leche que les vende el ganadero en botes de yogur.


No es por tanto lo mismo hablar de una crisis en la industria del yogur que hablar de una crisis en el sector de la ganadería. Pues del mismo modo tampoco es lo mismo hablar de una crisis en la industria de la música que de una crisis de la música. Y, otra vez, desde la propia industria y desde los medios de comunicación se nos fomenta intencionadamente dicha confusión.


¿Por qué puede entrar en crisis la industria del yogur? Pues, por ejemplo, porque todo el mundo se compre una yogurtera y elabore sus propios yogures en su propio domicilio. Pues lo mismo pasa con la industria de la música. Si todo el mundo dispone de la tecnología de copia necesaria en su propio domicilio (la yogurtera) la venta de copias (la venta de yogures) disminuye.


Aún así tampoco hay tanto de lo que preocuparse, al final siempre hay quien por comodidad, por no lavar la yogurtera, por gustos, por la calidad de sonido, por prestigios social, por prejuicios morales o por lo que sea, sigue consumiendo yogures industriales y copias fonográficas industriales aunque le salga mas caro que consumir yogures domésticos y copias domésticas. Lo que hay que hacer entonces es tratar de conservar a la demanda que aun nos queda y mimarla lo mas posible. Mimarla lo mas posible implica no llamar "pirata" o "ladrón" a aquel cliente que  un día le da por probar el yogur de yogurtera de la vecina.


Pero volviendo al tema. En tanto que el músico es una empresa que vende su producto a la discográfica los ingresos percibidos por dicha venta no son responsabilidad del consumidor, como muchas veces se nos pretende hacer ver, sino del contrato firmado con la discográfica. La mayor parte de la gente, cuando busca trabajo procura evitar aquellas empresas que no ofrecen un contrato con sueldo fijo. Si como músico firmo un contrato a porcentajes con una discográfica tendré que asumir las consecuencias de ese contrato o bien no firmarlo. Con un contrato a porcentajes puedes ganar mucho mas dinero que con un sueldo fijo si eres bueno y tienes mucha suerte, pero también puedes no ganar nada. Es decir, un contrato a porcentajes implica la asunción de un mayor riesgo del que implica un contrato por importe fijo. Si firmas ese tipo de contrato tienes que asumir ese riesgo. Y ese es el problema, que los músicos profesionales no quieren asumir riesgos.


La responsabilidad sobre el contrato que ha firmado es por tanto del músico. No podemos derivar pues hacia el consumidor la responsabilidad de un riesgo cierto que hemos asumido nosotros mismos. Si no queremos asumir ese riesgo tan sencillo como no firmar ese contrato con la discográfica.


Volvamos a quemar la Biblioteca de Alejandria

Ayer estuve viendo una película que subió (vivo en un sexto piso) mi novia de la biblioteca. Ello me lleva a preguntarme: ¿por qué tiene que ser moralmente reprobable e incluso delito "bajarse" contenidos culturales de la biblioteca virtual de arriba si no lo es "subirlos" de la biblioteca física de abajo?


Incluso desde un punto de vista económico y dando por válida la mas que discutible teoría del lucro cesante : ¿no tienen ambas acciones la misma implicación económica para el creador de dicha película? ¿Por qué diferenciamos entonces entre una y otra acción? 


Desde que el hombre es hombre creó lugares para compartir la cultura, desde que surgió la escritura comenzaron a aparecer las primeras bibliotecas. La existencia de las bibliotecas desde tiempos inmemoriables es una prueba fehaciente de que no siempre existió a lo largo de la historia esa "cultura" del "pase usted por caja". El "pase usted por caja" es un invento relativamente reciente. Los monjes no copiaban manuscritos para venderlos sino para compartirlos con su comunidad religiosa (y eso que copiar un manuscrito lleva bastante mas trabajo que apretar un botón o hacer doble click)


Lejos de estar matando la cultura, como nos pretenden hacer ver, Internet es la mayor biblioteca jamás construida por el hombre, mucho mayor que la Biblioteca de Alejandría. Lo que se nos está proponiendo desde las industrias de creación de contenidos, desde los medios de comunicación y desde el poder político es volver a quemar la Biblioteca de Alejandría. Y por si a alguien le puede parecer exagerada está afirmación aquí os dejo un enlace que prueba que mas bien me quedo corto en mis palabras.




No es algo que suceda solo con la cultura, sucede con todo. En Estados Unidos el Tea Party quiere echar atrás la tímida reforma llevada iniciada por Obama sobre el vergonzoso sistema de salud norteamericano. Una vez más se trata de hacer prevalecer a toda costa el interés particular sobre el interés general. Si lo hacemos con la salud como no lo vamos a hacer con la cultura.

miércoles, 5 de enero de 2011

El derecho del músico a vivir de la música: ¿derecho o privilegio?




a) Consideraciones previas: Mea culpa

Ante la polémica generada por el texto original de este artículo y la mala interpretación que algunos han hecho de mis palabras creo que es necesario hacer un par de consideraciónes previas:

- No es mi intención con éste artículo negar derechos a nadie sino simplemente denunciar el doble rasero que significa el que la sociedad otorgue determinados privilegios o tratos de favor a ciertos colectivos mientras que se los niega al resto de colectivos de esa misma sociedad.

- Tampoco es mi intención apoyar las reglas de la sociedad capitalista ultraliberal que nos ha tocado vivir sino criticar la doble moral que significa reclamar liberalismo cuando esas reglas nos benefician y protección y control cuando esas mismas reglas pasan a perjudicarnos. Si aceptamos dichas reglas, y los músicos, la industria discográfica y todos los ciudadanos, las hemos aceptado (desde el momento que hemos aprobado una Constitución que las respalda), habrá que ser consecuentes con ellas.

De paso he reordenado el texto original, corregido el estilo, matizado algunos párrafos que podían resultar ambiguos e incorporado algunas consideraciones adicionales que me había dejado en el tintero. El texto final ha quedado como se muestra a continuación.

b) Introducción: ¿Está obligada la sociedad a garantizar el "derecho del músico a vivir de la música"?

A menudo escucho a algunos músicos reclamar su derecho a vivir de la música. A primera vista parece algo muy coherente y completamente justo. Del mismo modo que la ley garantiza el derecho al trabajo a todos los trabajadores parece justo que garanticemos ese mismo derecho al músico. 

Pero las cosas no son tan sencillas como aparentemente parecen. Garantizar el derecho del músico a vivir de la música tiene bastantes mas implicaciones que las de garantizar su derecho al trabajo. No se trata ya solo de garantizar su derecho al trabajo sino de garantizarle también una vocación, la de músico, y garantizarle unos beneficios, los procedentes de las ventas de sus discos o de cualquier otra actividad económica directa o indirectamente relacionadas con la música que pueda realizar.

Peor aún, es que desde el principio estamos partiendo de un supuesto completamente falso. Estamos presuponiendo que la Constitución garantiza (en el sentido literal del término) el derecho al trabajo a todos los trabajadores cuando realmente eso no es del todo cierto. La Constitución, como ahora veremos, otorga pero no garantiza dicho derecho. 

Y si no se lo puede garantizar al conjunto del colectivo de todos los trabajadores tampoco se lo puede garantizar al subconjunto del colectivo de los músicos. Lo contrario significaría un trato de favor para los músicos respecto al resto de los trabajadores.

Y si la Constitución no puede garantizar a los músicos ni siquiera un puesto de trabajo no digamos ya el cumplimiento de una vocación artística o el sostenimiento de un beneficio empresarial.

c) Garantías constitucionales: ¿Garantiza la Constitución Española el derecho de los músicos a vivir de la música?

Antes de continuar es necesario precisar pues cual es el sentido que la Constitución Española otorga a determinado tipo de derechos, como el derecho al trabajo o el derecho a la vivienda, puesto que la mayor parte de los ciudadanos (incluyendo a los músicos) interpretamos dichos artículos erróneamente otorgándoles un sentido diametralmente distinto al que en realidad les están otorgando los legisladores que confeccionaron la Constitución. Dicho tipo de derechos constitucionales se incluyen dentro de lo que se denomina derechos de no negación, en otras palabras, a través de dichos derechos la Constitución solo te otorga que nadie te puede negar el propio derecho en si porque seas calvo, gordo, bajito, homosexual o musulmán, pero no compromete a la sociedad a asegurarte el cumplimiento práctico de dichos derechos. 

Así el derecho al trabajo no compromete a la sociedad a garantizarte un puesto de trabajo (el cumplimiento práctico de ese derecho) sino todo lo mas a facilitarte en la medida de lo posible su consecución: oficinas del INEM, cursos de formación...

Y si la Constitución no garantiza el derecho al trabajo como un derecho vinculante no es por casualidad sino porque dicha garantía entraría en conflicto con el mucho mas sagrado Artículo 38 de esa misma constitución:

Artículo 38.
Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.

Con el mercado hemos topado... 

No es tampoco ninguna casualidad que en el Artículo 38 se hable expresamente de garantías y protecciones mientras que en el Artículo 35 dichas garantías y protecciones no se mencionan en absoluto. Queda mas que evidente por tanto cual es la intención real del legislador, delegar en el mercado la garantización práctica de dicho derecho. No hay nada mas que comparar la redacción de ambos artículos para darse cuenta:

Artículo 35.
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
2. La Ley regulará un Estatuto de los Trabajadores.

Pero de garantías y protecciones de ese derecho por parte de los poderes públicos nada de nadaQueda por tanto bien claro de que pie cojea nuestra constitución y hasta que punto nuestro ordenamiento jurídico no deja de ser un instrumento al servicio de nuestro ordenamiento económico.

En otras palabras, el Artículo 35 se queda en una mera declaración de intenciones totalmente supeditada al texto del Artículo 38. Vamos, en resumidas cuentas, que al final, quien te garantiza (o no te garantiza) el derecho al trabajo es realmente el mercado.

Y no es que un servidor sea un malvado neoliberal que quiere aguaros la fiesta, simplemente es lo que dice la Constitución Española, democráticamente aprobada en referendum por los españoles el Miércoles, 6 de Diciembre de 1978. Yo, una vez mas, simplemente solo soy el mensajero que os transmite la noticia. De hecho, ni siquiera tenía capacidad de voto por aquel entonces.

En resumen, la Constitución no garantiza (en el sentido literal del término) un puesto de trabajo a ningún miembro de la sociedad sino que delega dicha potestad en el mercado, y esa no garantía incluye por supuesto también a los músicos. 

¿Es ésto justo?: No, por supuesto que no lo es.

Por supuesto que no es justo pero continuar pidiendo que se nos garantice nuestro supuesto derecho a vivir de la música implica pedir que por el solo hecho de ser músicos la Constitución nos garantice un derecho que no se les está garantizando al resto de los ciudadanos. Es decir, estamos reclamando un trato de favor respecto al resto de la sociedad. No estamos hablando pues de derechos sino de privilegios.

Y  no es que lo diga yo, es que lo dice el Artículo 14 de la Constitución Española:

Artículo 14.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 

Y la condición de músicos no es otra cosa que una condición o circunstancia personal o social. La propia Constitución nos está negando un supuesto derecho en tanto que dicho supuesto derecho constituye una discriminación (en forma de privilegio) del músico respecto al resto de la sociedad.

¿Es ésto justo?: Si, pero con matices.

A veces la sociedad otorga ciertos privilegios compensatorios a ciertos colectivos que históricamente han sufrido un fuerte nivel de discriminación por parte de la sociedad. Es lo que se conoce como discriminación positiva¿Podemos incluir a los músicos dentro de esos colectivos especialmente discriminados por la Historia? Pues es un tanto discutible, yo personalmente no encuentro demasiados motivos de trato discriminatorio hacia los músicos a lo largo de la historia, o por lo menos no tantos como han sufrido las mujeres, los homosexuales, los gitanos, los musulmanes o los judíos. Quizás existan algunos otros matices que se me pasan por alto, pero el hecho cierto es que, hoy por hoy, no se ha promulgado ley alguna que contemple a los músicos como un colectivo beneficiario de  dichos privilegios compensatorios. Y mientras dicha ley no se promulgue no podemos hablar de discriminación positiva sino de privilegios puros y duros.

Pero pedir que se nos garantice nuestro derecho a vivir de la música no implica solo que se nos garantice un puesto de trabajo, implica ademas que la sociedad nos garantice una vocación artística y el sostenimiento en el tiempo de un beneficio empresarial que nos permita vivir de dicha vocación. Si nuestra preciosa constitución nos otorga pero no nos garantiza un puesto de trabajo, mucho menos aún puede garantizarnos una vocación artística o un beneficio empresarial, en tanto que nuestro supuesto derecho a vivir de la música implica la tres cosas. La Constitución no puede garantizarnos solo por el hecho de ser músicos algo que no garantiza al resto de la sociedad. Y como parece ser algo que se nos olvida con mucha facilidad os recuerdo una vez mas el artículo 14 de dicha Constitución:



Artículo 14.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social


Resumiendo, la Constitución no nos garantiza ni siquiera un puesto de trabajo, cuando ni mucho menos una vocación artística y el sostenimiento de un beneficio empresarial a lo largo de toda la vida artística del músico, beneficio empresarial que le permita vivir de la música, que son las tres cosas que implica el que se nos garantice el derecho del músico a vivir de la música.

¿Es ésto justo?: No, por supuesto que no lo es.

Pero si tan en desacuerdo estamos con esa injusticia lo que tenemos que hacer no es pedir privilegios o tratos de favor que no se le otorgan al resto de la sociedad, sino pedir una reforma de la Constitución para que quede derogado el Artículo 38 y así el Artículo 35 pueda pasar de ser una mera declaración de intenciones a convertirse en un artículo vinculante. ¿Estamos dispuestos los músicos a pedir algo así? Mucho me temo que no... 

Peor aún, ni siquiera bastaría con eso. Dado lo intimamente ligados que están nuestro ordenamiento jurídico y nuestro ordenamiento económico lo que habría que pedir es una reforma total de nuestro sistema económico. Solo así los músicos podrán vivir de la música, el arquitecto de la arquitectura, el papiroflexista de la papiroflexia, y el resto de los trabajadores de sus respectivas vocaciones. Mientras tanto los músicos viviremos o no de la música según lo que decida el mercado. Y el mercado ha decidido que corren malos tiempos para la lírica.






Dudo mucho que los grupos económicos de presión fueran a permitir por las buenas una reforma económica y jurídica de tal calibre, lo cual nos llevaría a la necesidad de métodos mas contundentes para cambiar tal situación ¿Estamos los músicos dispuestos a llevar a cabo una segunda Revolución Francesa que acabe con la supremacía del mercado de la misma forma que la primera acabó con los privilegios de los nobles? Mucho me temo que menos aun... 

Si los músicos no hemos sido capaces de asociarnos ni siquiera para reclamar el dinero que nos debe la SGAE o para construir nuestra propia versión sin intermediarios de Spotify mucho menos aun vamos a asociarnos para pedir nada menos que una revolución.



Otra opción sería pedir la derogación del Artículo 14 para garantizar así constitucionalmente nuestros privilegios de músicos, seguro que eso si que lo aceptarían además los poderes económicos, pero entonces los que no seríamos justos seríamos nosotros.

Y si el derecho a vivir de la música ni siquiera es un derecho vinculante menos aún es un derecho absoluto con lo cual no podemos pronunciar barbaridades como las que a veces escucho pronunciar a algunos músicos, cosas como:  yo tengo derecho a vivir de la música por la gracia de mi talento, que es casi como decir: yo tengo derecho a ser Rey por la gracia de Dios. Y es que en el mundo de la música quedan demasiadas reminiscencias del feudalismo. Desde la SGAE y sus diezmos al sostenimiento artificial por parte de la industria discográfica de un modelo económico gremial con sus correspondientes privilegios gremiales, un anacronismo total en la sociedad digital del siglo XXI. Quizás sea porque los músicos hemos pasado demasiados siglos al servicio de la nobleza y el clero y fruto de ello hemos asimilado como nuestros los principios del feudalismo. Vamos, como para proponernos llevar a cabo una nueva Revolución Francesa...

d) Garantías económicas: ¿Garantiza nuestro sistema económico nuestro supuesto derecho a vivir de la música?

Acabamos de ver como de supeditado está nuestro ordenamiento jurídico a nuestro ordenamiento económico y como la Constitución delega en el mercado la garantía de nuestro derecho al trabajo. Pero el mercado no entiende de derechos, solo entiende de oferta y demanda. A esas reglas del mercado es por tanto a las que debemos atenernos todos los trabajadores, músicos y no músicos, si queremos encontrar un puesto de trabajo. Conviene pues que conozcamos mínimamente cuales son esas reglas para poder obrar en consecuencia y facilitar la consecución de nuestro objetivo: ese ansiado puesto de trabajo. Mucho me temo que muchos músicos no deben conocerlas muy bien cuando anteponen su vocación artística a la búsqueda de un empleo.

A diferencia del mercado de bienes, donde la oferta de bienes suele ser inferior a la demanda, en el mercado de trabajo ocurre justo lo contrario. La oferta de trabajo (los trabajadores) es muy superior a la demanda de trabajo (los empresarios demandantes de trabajo), es decir, existe un exceso de oferta de trabajo en el mercado o excedente de trabajadores (lo que Marx denominaba ejército de reserva). Dicho exceso de oferta de trabajo se traduce en una reducción de salarios (a mayor oferta de un bien menor precio de éste) y obviamente en un incremento de las cifras de paro. 

En un contexto como éste preservar a toda costa una vocación implica renunciar a una enorme porción del ya minúsculo pastel que constituye tan pequeña demanda. Y en una situación como la actual, con un ejército de reserva de mas de cuatro millones de parados, preservar nuestra vocación significa en la práctica autoexcluirnos del mercado. Hay por tanto que ser realistas y obrar en consecuencia. Lo que significa que no nos queda mas remedio, por mucho que nos duela, que renunciar a nuestra vocación ártistica en tanto que es la única forma de tocar a una porción mayor de tan minúsculo pastel. Es algo que comprendieron hace mucho tiempo la mayor parte de los trabajadores y que debemos de comprender también los músicos.

¿Es esto justo?: No, por supuesto que no lo es. 

Pero el mercado no entiende de justicias o injusticias solo de oferta y demanda. 



e) Garantías contractuales: ¿Garantizan los  propios compromisos contractuales que firmamos los músicos nuestro supuesto derecho a vivir de la música?


Otro error de conceptos bastante habitual en el que solemos incurrir bastante a menudo los músicos es el confundir lo que es un contrato mercantil con lo que es un contrato laboral. La importancia de distinguir entre ambos tipos de contratos es clave para el tema que estamos tratando en el presente artículo en tanto que un contrato mercantil no nos otorga los mismos derechos ni garantías que nos otorga un contrato laboral. Otras veces tampoco somos conscientes de que la propia firma de una determinado tipo de contrato te niega determinados derechos o garantías en tanto que así lo estipulan sus clausulas.


Asunción de riesgos: La suerte no es un derecho


Salvo los que trabajan en la docencia, pocos son los músicos que trabajan como trabajadores asalariados. En la mayoría de los casos un músico no deja de ser un profesional autónomo exactamente igual que lo es un arquitecto. Y un trabajador autónomo cobra por los trabajos realizados o los servicios prestados a través de un contrato mercantil. No estamos hablando por lo tanto de sueldos sino de beneficios (los beneficios generados por la propia actividad económica del músico).


El problema es que muchos músicos se han acostumbrado a tener unos ingresos fíjos y periódicos procedentes de la paulatina venta de las copias de sus discos, del canon y los derechos que cobra la SGAE o de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura, hasta el punto de haberlo asimilado por la costumbre de uso a una verdadera nomina. Pero no nos engañemos, un contrato discográfico, una subvención, o el cobro de unos derechos no es lo mismo que un contrato laboral ni te otorga los mismos derechos que a un trabajador asalariado. Los músicos no son por tanto trabajadores en nómina de las discográficas, de la SGAE o del ministerio de cultura sino trabajadores autónomos que firman contratos mercantiles puntuales con dichos organismos.

Los músicos somos pues empresas, empresas unipersonales pero empresas. El solo hecho de montar una empresa, con todas las inversiones y gastos que conlleva, no nos da derecho a tener beneficios, de hecho, buena parte de las empresas tienen pérdidas e incluso tienen que cerrar.  Por algo la ley garantiza un Salario Mínimo Interprofesional a los asalariados pero no garantiza un Beneficio Mínimo Interempresarial a las empresas. Y del mismo modo que las leyes no pueden garantizar el derecho de una empresa a tener beneficios tampoco pueden garantizar el sostenimiento de un beneficio empresarial para el músico durante toda la vida artística de éste. 


Garantizar el derecho a que el músico viva de la música significa garantizarle el derecho a que ese disco se venda bien en el mercado o que todos sus conciertos sean un gran éxito de público. Y eso es algo que ninguna sociedad ni ningún contrato mercantil puede asegurar a nadie. Como en toda empresa primero tendrá que existir la suficiente demanda en el mercado para nuestro producto (nuestra música), nuestra compañía discográfica o nuestra promotora de conciertos habrá tenido que haber realizado una buena campaña de promoción de dicho producto, y ante todo deberemos de tener mucha, mucha,  muchísima suerte. Cuando uno se convertirte en  empresario tiene que asumir riesgos, la suerte no es un derecho.


¿Es ésto justo? No, por supuesto que no lo es.

No es justo para el músico pero tampoco es justo para el arquitecto o para cualquier otro profesional liberal. Yo tengo varios amigos arquitectos y hay muchos meses en los que no tienen absolutamente ningún ingreso. Y nadie les garantiza su derecho a vivir de la arquitectura durante esos meses en los que nadie les demanda un proyecto. Continuar reclamando nuestro derecho a vivir de la música por el solo hecho de ser músicos significa un trato de favor sobre mis amigos arquitectos. Un músico no puede tener ni mas ni menos derechos que cualquier otro profesional liberal.


Es decir, una vez mas, estamos reclamando que por nuestra condición personal de músicos se nos garantice un derecho, el derecho a obtener beneficios (aunque solo sea un beneficio mínimo de subsistencia), que nuestro ordenamiento jurídico y económico no les está garantizando al resto de los ciudadanos, en este caso al resto de trabajadores autónomos. Es decir, estamos reclamando un trato de favor respecto al resto de la sociedad. No estamos hablando pues de derechos sino una vez mas de privilegios.

Si lo que queremos es un trato mas justo para todos los profesionales liberales, incluidos los músicos, lo que hay que pedir es una reforma global de las leyes que afectan a dicho colectivo, no un privilegio para los músicos por el solo hecho de ser músicos.


Todos somos responsables de nuestros propios actos: cuidado con lo que firmas

La firma de un contrato implica la aceptación de las condiciones de ese mismo contrato. Muchas veces es el propio texto que estás firmando el que te está negando ese supuesto derecho a vivir de la música. Tu mismo estás renunciando a ese derecho con tu propia firma.

De ese modo si firmas un contrato con una discográfica que implica la aceptación de  una remuneración variable en función de los porcentajes de ventas estás aceptando un riesgo cierto en tanto que no sabes cuales van a ser esas ventas. La firma del contrato implica por tanto la aceptación de ese riesgo por parte del músico. Es decir, el propio músico está firmando su renuncia a una rentabilidad segura en beneficio de una mayor rentabilidad posible o lo que es lo mismo, la renuncia al derecho que luego reclama.

Un ejemplo muy representativo de lo que estoy contando es el caso de la remezcla de La Macarena realizada por Big Toxic que fue un éxito de ventas en el mercado norteamericano. Pero como el contrato firmado entre la discográfica y su autor implicaba la realización de un único pago por el servicio realizado de la remezcla, su autor tuvo que conformarse con la cantidad ridícula que le pagaron por dicho servicio y renunciar a ser participe de los enormes beneficios que su propia obra generó en el futuro a la discográfica que contrató sus servicios. El autor llevó a juició a la discográfica pero perdió el juicio en tanto que el mismo había firmado el contrato y renunciado a sus derechos futuros a cambio de asegurar los presentes. Y es que hay que tener mucho cuidadito con lo que se firma.


Y es que al final firmar un contrato discográfico no es muy distinto a realizar una inversión financiera. Si tu acudes a un banco u otro intermediario financiero te darán a elegir entre renta fija y renta variable. La renta fija implica obtener una mayor seguridad en el cobro a su vencimiento a cambio de renunciar a una mayor  rentabilidad. La renta variable implica una mayor rentabilidad a cambio de renunciar a una mayor seguridad en el cobro. Lo que no podemos tener es las dos cosas a la vez: seguridad y rentabilidad.

No podemos responsabilizar por tanto a la sociedad (ni mucho menos al consumidor) de no asegurarnos una rentabilidad que nadie nos ha asegurado, en tanto que nosotros mismos lo hemos aceptado así al firmar el contrato con la discográfica.


¿Es ésto justo?: No, por supuesto que no lo es. Pero es lo que nosotros mismos hemos firmado.

Para concluir y a modo de resumen. No estoy negando pues el derecho del músico a vivir de la música sino el que dicho derecho se ejerza como si fuera un derecho absoluto e implique por tanto una serie de privilegios para el músico de los que no goza el resto de la sociedad. Unos privilegios que para colmo no nos garantizan ni la Constitución, ni el sistema económico respaldado por dicha constitución , ni los contratos privados que nosotros mismos hemos firmado.

Y es que en la industria de la música estamos demasiado acostumbrados a mantener privilegios y tratos de favor de los que no gozan el resto de empresarios y trabajadores de otras industrias. El canon digital que la SGAE cobra al consumidor y el canon que se cobra a los locales de ocio (y de no ocio) son la máxima expresión de dichos privilegios pero no son los únicos. Ninguna otra empresa o trabajador pueden cobrar varias veces por la realización de un mismo trabajo o servicio.




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